Designación de Rector de la Universidad Pedagógica Nacional

NORMATIVIDAD

Acuerdo 008 de 2018 Por el cual se establece el reglamento para la designación del Rector de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2018-2022.

Acuerdo 009 de 2018 Por el cual se fija el cronograma para la designación del Rector de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2018-2022.

Acuerdo 018 de 2018 Por el cual se definen los aspirantes al cargo de Rector que participarán en la Consulta a la comunidad universitaria.

Acuerdo 022 de 2018 Por el cual se designa al Rector de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2018 – 2022.

Acuerdo 035 de 2005 Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional.

CONVOCATORIA

Se convoca a la designación de Rector de conformidad con lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 del Acuerdo 035 de 2005, Estatuto General.

REQUISITOS PARA SER RECTOR  

El artículo 19 del Acuerdo 035 de 2005, Estatuto General, establece como requisitos para ser rector:

  1. Ser ciudadano colombiano en ejercicio.
  2. Tener título universitario y preferiblemente de posgrado.
  3. Acreditar experiencia docente universitaria de cinco (5) años como mínimo.
  4. Acreditar experiencia administrativa.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES

El artículo 7 del Acuerdo 008 de 2018 del Consejo Superior, establece: la inscripción de aspirantes a Rector, será personal e intransferible y se efectuará en la Secretaría General, teniendo en cuenta lo establecido en el literal a) del artículo 20 del Acuerdo 035 de 2005, en las fechas estipuladas en el cronograma.

Los aspirantes deberán entregar los siguientes documentos impresos y en medio magnético:

  1. Hoja de vida en formato único, persona natural del Departamento Administrativo de la Función Pública.
  2. Resumen de la hoja de vida en una (1) página tamaño carta.
  3. Presentar documento de identidad en original y fotocopia.
  4. Fotocopia del (las) acta(s) de grado o diploma(s) del(los) título(s) universitario(s).
  5. Certificaciones de experiencia docente universitaria de cinco (5) años como mínimo, expedidas por la oficina de recursos humanos o la dependencia que haga sus veces, en la respectiva institución de educación superior, debidamente reconocida por el MEN, en la que se indique claramente el tiempo laborado.
  6. Certificaciones de experiencia administrativa, expedidas por la oficina de recursos humanos o la dependencia que haga sus veces, en la respectiva entidad donde prestó sus servicios.
  7. Propuesta rectoral a desarrollar en máximo cinco (5) páginas tamaño carta, cuya fuente sea Arial y el tamaño de la letra 12.
  8. Escrito dirigido al Consejo Superior en el que manifieste su voluntad de inscribirse al proceso y exprese las razones por las cuales considera que posee el perfil para ejercer el cargo de Rector de la Universidad Pedagógica Nacional.
  9. Carta dirigida al Consejo Superior en la que manifieste bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en inhabilidades e incompatibilidades para ejercer cargos públicos.
  10. Formato de Autorización de tratamiento de datos personales para procesos de elección y designación FOR006GGU, debidamente diligenciado y firmado, en el que autorice a la Universidad Pedagógica Nacional para recolectar, almacenar, disponer y publicar los datos personales solicitados en el marco del proceso convocado.

Parágrafo 1. El formato Autorización de tratamiento de datos personales para procesos de elección y designación FOR006GGU puede ser descargado del Manual de Procesos y Procedimientos – Proceso de Apoyo Administrativo – Gestión para el Gobierno Universitario; así mismo, se encontrará publicado en el sitio Elecciones y Designaciones – Designación de Rector de la Universidad Pedagógica Nacional.

Parágrafo 2. Las certificaciones expedidas por la Universidad Pedagógica Nacional no será indispensable adjuntarlas, basta con referirlas en la hoja de vida.

Parágrafo 3. El acto de inscripción implica el compromiso de cumplir con el procedimiento definido en el presente Acuerdo. En caso de no cumplir con la entrega de la documentación requerida, impresa y en medio magnético, no se dará por inscrito para el proceso de designación citado en el presente Acuerdo.

CIRCULARES

Circular 19 de 2018 Inicio convocatoria a designación de Rector de la Universidad Pedagógica Nacional.

Circular 26 de 2018 Lista de candidatos inscritos habilitados para el proceso de designación del Rector de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2018 – 2022.

Circular 28 de 2018  Lista final de candidatos inscritos habilitados para el proceso de designación del Rector de la Universidad Pedagógica Nacional para el periodo 2018 – 2022.

Circular 29 de 2018 Lista de aspirantes que participarán en la consulta para el proceso de designación del Rector de la Universidad Pedagógica Nacional.

Circular 32 de 2018 Resultados de la consulta a la comunidad universitaria para el proceso de designación del Rector de la Universidad Pedagógica Nacional.

Circular 34 de 2018 Rector de la Universidad Pedagógica Nacional designado para el periodo 2018 – 2022.

CANDIDATOS

Panel con los aspirantes – sesión 10:00 a.m.

Panel con los aspirantes – sesión 5:00 p.m.

Aspirantes que participarán en la Consulta a la comunidad universitaria:

Lista No. 1 Leonardo Fabio Martínez Pérez  Consulte el vídeo de presentación del candidatoConsulte el resumen de hoja de vidaConsulte la propuesta rectoral 

Lista No. 2 Juan Carlos Garzón Barreto Consulte el vídeo de presentación del candidatoConsulte el resumen de hoja de vidaConsulte la propuesta rectoral

Lista No. 3 Ómer Calderón Consulte el vídeo de presentación del candidatoConsulte el resumen de hoja de vidaConsulte la propuesta rectoral

Lista No. 4 Martha Espinosa de Martínez Consulte el vídeo de presentación de la candidata Consulte el resumen de hoja de vidaConsulte la propuesta rectoral

CONSULTA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA

INGRESE AL APLICATIVO DE LA CONSULTA

Consulte aquí el Manual de usuario de votación electrónica

El día 29 de mayo de 2018 entre 8:00 a.m. y 4:00 p.m. se llevó a cabo la Consulta a la comunidad universitaria. 

La Consulta tiene como propósito que la comunidad universitaria exprese su preferencia frente a los aspirantes. En la Consulta participarán:

  1. Los profesores de planta de la Universidad Pedagógica Nacional
  2. Los profesores catedráticos y ocasionales de la Universidad Pedagógica Nacional
  3. Los profesores del Instituto Pedagógico Nacional
  4. Los representantes de los egresados ante los cuerpos colegiados de la Universidad Pedagógica Nacional
  5. Los estudiantes de pregrado debidamente matriculados
  6. Los estudiantes de posgrado debidamente matriculados
  7. Los funcionarios administrativos de planta de la Universidad Pedagógica Nacional y del Instituto Pedagógico Nacional
  8. Los trabajadores Oficiales de la Universidad Pedagógica Nacional y del Instituto Pedagógico Nacional.

Parágrafo 1. En la Consulta participarán los profesores, representantes de egresados, estudiantes, funcionarios administrativos de planta y trabajadores oficiales vinculados a la Universidad Pedagógica Nacional o al Instituto Pedagógico Nacional con corte al 30 de abril de 2018.

Parágrafo 2. Los profesores, representantes de los egresados, funcionarios administrativos y trabajadores oficiales participarán únicamente desde su estamento, en caso que además ostenten la calidad de estudiantes de la Universidad.  

Parágrafo 3. La Subdirección de Gestión de Sistemas de Información será responsable del proceso de Consulta electrónica, permitiendo identificar con claridad y en condiciones de igualdad a los aspirantes en el aplicativo de votación electrónica y garantizará que en ningún caso una persona pueda votar más de una vez.

Parágrafo 4. La nula o baja participación de los miembros de la comunidad universitaria o de algún estamento no interrumpirá la Consulta ni el proceso de designación de Rector que corresponde de manera exclusiva a la competencia del Consejo Superior.

Parágrafo 5. De acuerdo con la Constitución Política de Colombia y la sentencia unificada SU221/15 de la Corte Constitucional, el voto en blanco será opción de voto en la consulta a realizar con la comunidad universitaria.

CRONOGRAMA